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Consejo Universitario y Comisiones Estatutarias
Unidades Académicas
Composición
Facultades
Facultad de Administración
Facultad de Arquitectura
Facultad de Artes
Facultad de Ciencias Agrícolas y Pecuarias
Facultad de Ciencias Biológicas
Facultad de Ciencias de la Computación
Facultad de Ciencias de la Comunicación
Facultad de Ciencias de la Electrónica
Facultad de Ciencias Físico Matemáticas
Facultad de Ciencias Políticas y Sociales
Facultad de Ciencias Químicas
Facultad de Contaduría Pública
Facultad de Cultura Física
Facultad de Derecho
Facultad de Economía
Facultad de Enfermería
Facultad de Estomatología
Facultad de Filosofía y Letras
Facultad de Ingeniería
Facultad de Ingeniería Química
Facultad de Lenguas
Facultad de Medicina
Facultad de Medicina Veterinaria y Zootecnia
Facultad de Psicología
Escuelas
Escuela de Artes Plásticas y Audiovisuales
Preparatorias
Bachillerato Internacional “5 de Mayo”
Preparatoria "2 de Octubre de 1968"
Preparatoria "Alfonso Calderón Moreno"
Preparatoria "Emiliano Zapata"
Preparatoria “Gral. Lázaro Cárdenas del Río”
Preparatoria "Lic. Benito Juárez García"
Preparatoria Regional “Enrique Cabrera Barroso “
Preparatoria Regional “Simón Bolívar”
Preparatoria Urbana “Enrique Cabrera Barroso”
Institutos
Instituto de Ciencias
Instituto de Ciencias de Gobierno y Desarrollo Estratégico
Instituto de Ciencias Sociales y Humanidades “Alfonso Vélez Pliego”
Instituto de Física “Ing. Luis Rivera Terrazas”
Instituto de Fisiología
Complejos Regionales
Complejo Regional Centro
Complejo Regional Mixteca
Complejo Regional Nororiental
Complejo Regional Norte
Complejo Regional Sur
Se integra:
I. El Rector, quien será su presidente.
II. Las autoridades personales de las unidades académicas. (Directores/as)
III. Los consejeros representantes de las unidades académicas.
IV. Tres representantes de los trabajadores no académicos.
El Secretario General de la Universidad fungirá como Secretario del Consejo Universitario, con derecho a voz, pero no a voto.
Estatuto Orgánico (Artículo 39)
Las unidades académicas elegirán dos representantes de entre los miembros del personal académico y dos de los alumnos.
Estatuto Orgánico (Artículo 40)
Los tres representantes de los trabajadores no académicos se elegirán de la siguiente manera: uno por el área del Carolino; uno por el área de la Salud y uno por el área de Ciudad Universitaria.
Estatuto Orgánico (Artículo 41)
Por cada representante se elegirá el suplente respectivo. Tanto los consejeros propietarios como los suplentes durarán dos años en el cargo.